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INGENIERÍA AMBIENTAL

AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA

Declaración de interés comunitario (d.i.c.)

El suelo no urbanizable de la Comunitat Valenciana está integrado por aquellos terrenos que cumplen funciones en el territorio de carácter ambiental, territorial, social y económico.

El suelo no urbanizable se divide tradicionalmente en dos categorías, el común y el protegido. El suelo no urbanizable protegido está integrado por aquellos espacios que poseen valores relevantes que justifican un régimen especial que garantice su conservación y mejora. Se incluye en esta clase de suelo ámbitos como espacios naturales protegidos, montes catalogados, vías pecuarias, áreas de protección cultural, determinados paisajes y otros suelos con valores análogos.

El suelo no urbanizable común es aquel que, desarrollando las funciones propias de su naturaleza rústica, no alberga valores especialmente relevantes.

En el suelo no urbanizable común, con carácter general, se desarrollan usos naturales o antrópicos, si bien, en este último caso, relacionados con las actividades productivas del sector primario (agricultura, ganadería, caza, pesca, silvicultura, minería).

Excepcionalmente, y por lo tanto con carácter restringido, en el suelo no urbanizable común pueden autorizarse usos que son más propios de ámbitos urbanos que rurales. No obstante, la implantación de estos usos precisa, con carácter previo, de la intervención administrativa mediante la denominada DECLARACIÓN DE INTERÉS COMUNITARIO (D.I.C.).

En la actualidad corresponde al titular de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente resolver la aprobación definitiva de las DIC´s. La iniciación e instrucción de los expedientes que culminan con el otorgamiento o la denegación de una DIC se lleva a cabo por la Dirección General de Evaluación Ambiental y Territorial a través de los correspondientes Servicio Urbanismo.

No obstante, y con objeto de clarificar el procedimiento completo de implantación de las actividades en el suelo no urbanizable, esta Instrucción desarrolla las fases posteriores a la obtención de la compatibilidad territorial para la actividad, que otorga la Declaración de Interés Comunitario, con los procedimientos de obtención de las licencias y autorizaciones ambientales, y de las licencias municipales de obras necesarias para su ejecución.

En Naturem Consulting tenemos experiencia en la redacción, desarrollo y tramitación de D.I.C.´s en diferentes sectores de actividad y provincias. Nuestra profesionalidad y conocimiento de este procedimiento urbanístico-ambiental nos permite reducir drásticamente los tiempos de tramitación hasta la resolución definitiva de la Declaración de Interés Comunitario.